Algunos
vídeos de competiciones recientemente celebradas en nuestro país me
han permitido observar la evolución técnica de los
nordicompetidores. Si bien es evidente la mejora de muchos
de ellos, no es menos constatable que los árbitros siguen sin
sancionar gran número de infracciones.
Aunque
es cierto que la principal pesadilla de todo nordicompetidor es la
posibilidad de que un árbitro malinterprete alguno de sus gestos
técnicos como una violación y le sancione indebidamente, por
supuesto sin ninguna animadversión personal (¡hasta ahí podíamos
llegar!), tirando por tierra sus expectativas para esa competición,
no es menos cierto que muchos nordicompetidores se indignan por la
pasividad de la mayoría de los árbitros ante violaciones palpables
del competidor que llevan delante, o al lado, a quién tienen ocasión
de observar de cerca durante bastante tiempo. ¿Cómo es que los
árbitros no ven/sancionan una violación tan evidente?
El
arbitraje de la marcha nórdica es una labor sumamente difícil. La
multitud de reglas a observar, la falta de definición de algunas de
ellas, la falta de claridad del reglamento, la velocidad con que se
producen las violaciones, el escaso número de árbitros en relación
con la longitud del circuito, el requisito actual de realizar las
observaciones a simple vista, sin ayuda de medios técnicos, y el
hecho de que sea responsabilidad de cada árbitro individual decidir
sobre la existencia de una violación, hace que la mayoría de los
jueces sean reacios a sancionar, conscientes de que una decisión
equivocada acabará con las opciones del sancionado en esa
competición.
Pero
el “in dubio pro reo” , principio fundamental del derecho penal,
no es de recibo en una competición de marcha nórdica en la que la
inacción arbitral perjudica a la mayoría de competidores que
observan escrupulosamente el reglamento. El juez tiene que
“mojarse”, pero debería hacerlo con la tranquilidad del miembro
de un tribunal, que sabe que si los demás jueces no consideran
culpable al posible infractor, su decisión personal no tendrá
consecuencias fatales para el mismo.
Se
ha intentado en alguna prueba “colegiar” la sanción, a base de
transmitir a otros árbitros apreciaciones personales de uno de
ellos, para que otros las confirmen o denieguen. Si bien no se puede
negar la buena fe del intento, habría que plantearse la injusticia
de la influencia ejercida por el árbitro que “sospecha”, sobre
los demás jueces, que ya observarán al competidor en cuestión no
como uno más, sino como alguien sospechoso de cometer una
infracción, lo que no parece muy justo para dicho competidor. Sería
algo parecido a si en una rueda de identificación policial dijeran
“fíjate en el número tres, a ver si es el que te atacó”.
Ningún tribunal normal lo admitiría como prueba de cargo.
Por
todo lo expuesto, convendría revisar los apartados 3, 5 y 10 del
actual reglamento de competiciones de marcha nórdica (RCMN) de la
Federación Española de Deportes de Montaña y Escalada (FEDME), a
la luz del reglamento de marcha atlética de la Federación Española
de Atletismo, por ser ésta la competición más parecida a la
nuestra, que nos lleva más de cien años de ventaja en lo que a
experiencias competitivas se refiere. No sé si alguien ha dicho
alguna vez que “una persona inteligente debe observar con atención
a los que le precedieron, con la finalidad de aprovechar sus aciertos
y evitar sus errores”, pero si nadie lo dijo, aquí queda dicho.
En
esa misma línea, no estaría de más echar un vistazo a las
versiones actuales aplicadas en competiciones de MN de los países de
nuestro entorno, no buscando una convergencia con ellas sino,
simplemente, una posible solución del problema apuntado en los
párrafos anteriores.
Por
lo que se refiere al reglamento de competiciones de
marcha atlética, la técnica de este deporte tiene dos
reglas: al menos un pie en contacto con el suelo en todo momento
(como la MN), y la pierna de apoyo no puede estar flexionada hasta
que el centro de gravedad pasa sobre ella (regla dirigida a
dificultar el “vuelo” que diferencia la carrera de la marcha).
Cuando un juez observa una infracción de alguna de los dos reglas,
avisa al infractor con una tableta amarilla, toma nota y si persiste
en su falta, envía al juez principal una tarjeta roja con detalle de
infractor e infracción. Esto significa que, para este juez, este
competidor debe ser eliminado, y ya no volverá a preocuparse de él,
ni sacarle más tarjetas. Cuando el juez principal recibe tres
tarjetas rojas sobre un mismo competidor, de tres árbitros
distintos, el competidor será eliminado, mostrándole una paleta
roja. Las infracciones remitidas al juez principal se muestran en un
tablón próximo a la meta, que pueden ver todos los competidores en
cada vuelta al circuito.
Los
circuitos deben tener entre 1 y 2 km y el número de jueces debe
estar entre 6 y 9, incluido el juez jefe. Éste actúa como
supervisor oficial de la competición y sólo actúa como juez si ha
de descalificar
directamente a un marchador en los últimos 100 m de la prueba,
cuando marcha obviamente contra la norma, independientemente de los
avisos y tarjetas rojas que haya recibido con anterioridad. El
juez jefe puede contar con dos o más adjuntos
para la notificación de descalificaciones, un oficial a cargo del
tablón y un secretario.
Existe
una alternativa, actualmente para cadetes y menores, que consiste en
que el competidor no es eliminado a la tercera tarjeta roja, sino que
es neutralizado en una zona (pit lane) próxima a meta durante un
tiempo preacordado en función de la longitud del recorrido (2’
para recorridos entre 10 y 15 km). Si dicho competidor recibe una
cuarta tarjeta, es eliminado.
Para
el reglamento francés de competiciones de marcha
nórdica, en todo momento debe haber un pie y un bastón en
contacto con el suelo, con brazo y pierna siempre en oposición. La
mano y el codo deben rebasar la nalga al final del empuje, antes de
atacar de nuevo delante del cuerpo. El pie que avanza debe atacar el
suelo con el talón; la vertical de la rodilla no puede estar por
delante del pie en ese momento. La pierna de ataque no debe estar
extendida durante su paso por la vertical de la pelvis, pero sí al
final de la fase de impulsión. No pueden oscilar los hombros arriba
y abajo.
Los
circuitos tienen normalmente entre 2,5 y 3,5 km, con un bucle de
penalización de 200 m, a menos de 150 m de la meta. Para un
circuito medio (3 km) se prevé un mínimo de 10 jueces de
itinerario, un juez de bucle de penalización, un juez árbitro, dos
jueces en bicicleta que siguen a los competidores y competidoras de
cabeza, y un puesto de control (PC) de la competición. Todos ellos
cuentan con ayudantes, además de los necesarios controles,
proporcionados por la organización.
Un
juez puede aconsejar/advertir verbalmente a un posible infractor, o
sancionarlo mostrándole tarjeta amarilla, diciendo en voz alta el
número de dorsal y la falta cometida. Su ayudante rellena un impreso
de infracción e informa al PC. El infractor deberá entrar en el
bucle cuando vuelva a pasar por él y completar el recorrido del
mismo, o será penalizado con 4’. A la cuarta penalización el
competidor será descalificado (tarjeta roja). Al final de la prueba
el PC y el bucle confrontan sus datos.
Dice
el reglamento italiano de competiciones de marcha
nórdica que en esta disciplina no puede haber carrera ni fase de
vuelo (una redundancia). El pie toma contacto con el suelo por el
talón para apoyar después toda la planta. Sólo se admite el paso
alternativo, sin excesiva flexión de la pierna posterior, bajar la
pelvis o mover las caderas de forma excesiva y antinatural (opino que
el término “excesivo” no debería aparecer en un reglamento
serio por ser subjetivo; lo que es excesivo para un juez puede no
serlo para otro). El bastón se apoya entre la vertical del centro de
gravedad y el talón del pie retrasado. La mano debe llegar hasta el
glúteo. Los bastones han de tener una altura determinada, que no se
puede variar durante la carrera, acorde a la estatura del competidor,
y deben ir dotados de una sujeción especial que permita el empuje y
la recuperación.
El
circuito debe tener entre 1000 y 1200 m. La pendiente no debe exceder
el 4-6%. Jueces fijos cada 250 m o en bicicleta, son jueces de
marcha atlética preparados para la marcha nórdica. Pueden
advertir, sin penalización, o penalizar hasta tres veces con 2’
cada vez. La cuarta penalización, de cuatro árbitros distintos,
descalifica al infractor.
De
todo lo dicho, sin entrar en la definición de violaciones que hace
nuestro reglamento, y que a mi parecer necesita una urgente revisión,
yo propondría los siguientes cambios al sistema actual de
arbitraje:
-
Los
circuitos no deben tener más de 2 km, a fin de facilitar una
densidad adecuada de árbitros que asegure la observación continua
sobre los competidores. En un circuito de 5 km, permitido en la
actualidad, los competidores están practicamente fuera de la
observación de los árbitros entre un 80 y un 90% del recorrido.
-
De
acuerdo con la longitud del circuito, debe haber un número de
árbitros de itinerario que asegure una densidad de un árbitro cada
250 m, o menos. Los árbitros deben estar dotados de prismáticos.
-
Los
árbitros en bicicleta no son eficaces para el enjuiciamiento
técnico y pueden estorbar más que ayudar. Para identificar la
cabeza de la competición, masculina y femenina, la organización
debe proporcionar sendos corredores con la adecuada señalización.
-
Habrá
un tablón de sanciones próximo a la meta, de dimensiones adecuadas
para que todos los competidores, sin abandonar el circuito, puedan
comprobar su situación a cada paso por meta.
-
Los
árbitros pueden advertir/aconsejar a los competidores que parecen
no observar alguna de las reglas sancionables, o sancionarlos si
persisten en su inobservancia, mostrándoles una tarjeta amarilla, y
diciendo en voz alta el número del dorsal y la infracción
cometida. Los árbitros deben tener un ayudante, proporcionado por
la organización, debida y previamente instruido, que anotará el
dorsal del infractor, hora e infracción cometida, transmitiendo
estos datos, junto con el nombre del árbitro sancionador, al
árbitro principal, para que su secretario proceda a su registro
oficial, y al encargado del tablón, para su publicación en el
mismo. Ningún árbitro podrá sancionar dos veces al mismo
competidor.
-
Aparte
de los árbitros de itinerario requeridos por cada circuito, habrá
un árbitro principal, responsable de todo el arbitraje, y de las
demás misiones que le asigne el reglamento. El árbitro principal
podrá decidir la descalificación (tarjeta roja directa) del
competidor que cometa una violación que reglamentariamente merezca
tal sanción, especialmente en los últimos tramos de la
competición.
-
El
árbitro principal contará con un secretario, preferentemente
árbitro, que llevará el registro oficial de sanciones y controlará
su adecuado reflejo en el tablón.
-
De
existir un árbitro de inscripciones y clasificaciones, éste puede
ejercer la labor de secretario del árbitro principal, durante la
competición.
-
Un
encargado del tablón de sanciones, a ser posible, árbitro,
reflejará las sanciones comunicadas por los árbitros, bajo la
supervisión directa del secretario del árbitro principal.
-
Cuando
el árbitro principal reciba tres notificaciones de tarjeta amarilla
para un mismo competidor, de tres árbitros diferentes, el
secretario le advertirá de este extremo y el árbitro principal
mostrará la tarjeta roja, de descalificación, al infractor. El
encargado del tablero reflejará esta situación en el mismo.
Si
al poner en marcha este sistema, se observase un excesivo número de
descalificaciones, o para evitar el desánimo en categorías
inferiores, se puede contemplar la posibilidad de que la tercera
tarjeta amarilla suponga una penalización en tiempo, advertida por
el árbitro principal, dejando la descalificación para una cuarta
tarjeta (siempre a cargo de un árbitro distinto de los anteriores),
si ésta fuese necesaria. La alternativa del pit lane o del bucle de
sanción supone un incremento del número de árbitros y unas
necesidades de espacio, sin añadir ninguna ventaja sobre lo aquí
apuntado.
Hagamos
lo que hagamos, el arbitraje siempre será difícil y controvertido.
Lo que pretendo con esta posible alternativa es una mayor implicación
de los jueces, sin miedo a las consecuencia de un error en su juicio,
con el consiguiente mejor enjuiciamiento de la competición, más
equitativo para todos los participantes.
Mi
humilde consejo a la FEDME es que se pruebe este mecanismo en alguna
competición y, a la luz de los resultados de la posterior encuesta a
jueces y participantes, se decida si merece la pena su implementación
en próximas revisiones del reglamento.
Y
aprovecho para reiterar la necesidad de grabar las competiciones para
el posterior juicio crítico, así como la conveniencia de
experimentar con medios técnicos de ayuda al arbitraje (cámaras
fijas, drones, etc); el nuestro es un deporte nuevo, y no tenemos las
rémoras “históricas” que arrastran otros deportes más viejos.
Aprovechemos esta circunstancia para buscar la excelencia en su
enjuiciamiento técnico.
Y
ya sabéis, con competición o sin ella, sacad los bastones del
paragüero, cada día.