martes, 24 de abril de 2018

LICENCIA FEDERATIVA DE MARCHA NÓRDICA


Con frecuencia me preguntan mis alumnos sobre la necesidad o conveniencia de tener la licencia federativa de montaña para practicar la marcha nórdica. En esta entrada, y partiendo de la base de mis limitados conocimientos al respecto, voy a tratar de responder a esta pregunta.

Dice el Real Decreto 849/1993, de 4 de junio, por el que se determina las prestaciones mínimas del Seguro Obligatorio Deportivo que “La especificidad de los riesgos que conlleva la práctica del deporte de competición en determinadas modalidades y la necesidad de garantizar un marco de seguridad sanitaria alrededor de dicha práctica motivaron la inclusión en la Ley 10/1990, de 15 de octubre, del Deporte, de una prescripción, contenida en su artículo 59.2, señalando la obligatoriedad para todos los deportistas federados, que participen en competiciones oficiales de ámbito estatal, de estar en posesión de un seguro que cubra los riesgos para la salud derivados de la práctica de la modalidad deportiva correspondiente.”

Más adelante, el mismo RD dice que “Las Federaciones deportivas españolas y las de ámbito autonómico integradas en ellas entregarán al deportista asegurado, en el momento de expedición de la licencia deportiva que habilita para la participación en competiciones oficiales de ámbito estatal y conjuntamente con ella, el certificado individual del seguro, que, como mínimo, contendrá menciones a la entidad aseguradora, al asegurado y al beneficiario, así como los riesgos incluidos y excluidos y las prestaciones garantizadas.”

De los dos párrafos anteriores se desprende que el seguro sanitario que se menciona (no la licencia federativa) sólo es necesario para participar en competiciones oficiales de ámbito estatal, es decir, según lo entiendo yo, para participar en campeonatos de España, competiciones de la copa de la Federación Española de Deportes de Montaña y Escalada (FEDME), y (esto sería discutible) otras competiciones de ámbito regional que se incluyan en el ranking FEDME. En cualquier caso, es facultad del organizador de cada competición decidir las condiciones para inscribirse en la suya, y esas condiciones pueden incluir, o no, la necesidad de estar federado. La responsabilidad civil del organizador queda cubierta con la contratación de un seguro sanitario individual (con la misma cobertura que el de la licencia federativa) para el día de la prueba, para cada uno de los participantes, algo que yo he hecho por menos de 3€ para aquellos que no contaban con dicha licencia.

La Federación de Montañismo de la Región de Murcia (FMRM), desde octubre del 2014, y la FEDME, desde junio del 2015, incluyen la marcha nórdica como una de sus actividades deportivas, y ha sido así reconocido por el Consejo Superior de Deportes (CSD). Si preguntas en tu federación regional de montaña, te dirán que la licencia federativa es algo que debes tener para practicar este deporte. Naturalmente: su fuerza económica y social se basa principalmente en el número de licencias que hagan cada año. Sin embargo, ya hemos visto que sólo en el caso de las competiciones oficiales puede ser exigible un seguro similar al cubierto por la licencia federativa (ni siquiera la propia licencia).

La practica habitual de la marcha nórdica, fuera de las competiciones, tiene pocos riesgos y todos ellos están cubiertos por la seguridad social o los seguros particulares que cada uno contrate. Si alguien tropieza haciendo marcha nórdica y se rompe, pongamos, una pierna (cosa mucho más improbable que tropezar y tener el mismo resultado simplemente yendo a comprar al súper de la esquina), sólo tendrá que acudir a su centro médico o ambulatorio para ser atendido y, si tiene suerte (que esa es otra), curado.

La inclusión de la marcha nórdica en las federaciones de montaña ha sido un mal negocio para los nordimarchadores, al menos para los nordimarchadores que quieran tener una licencia deportiva. A pesar de que la práctica de la marcha nórdica (al menos en la región de Murcia) está cubierta por el tipo de licencia de montaña más barata, vemos en la figura adjunta que nuestro deporte se equipara con actividades como el senderismo o el montañismo que, puedo asegurar como practicante de ambos, engloban riesgos mucho mayores y, por tanto, es lógico pensar que los nordimarchadores estamos sufragando parte de los costes de sus seguros, ya que las compañías aseguradoras revisan anualmente sus primas en función del número de accidentes de cada póliza que han tenido que cubrir en el período anterior.

Aparte de las coberturas sanitarias, las licencias federativas suelen proporcionar otras ventajas, que cada usuario es libre de utilizar o no, tales como el acceso a escuelas formativas de la federación (normalmente previo pago del coste de los cursos), descuentos en albergues y refugios, y ofertas o descuentos en ciertos establecimientos de material deportivo, todo ello sujeto a las condiciones específicas de cada licencia, lugar y momento.

Resumiendo, si no vas a competir, o no practicas fuera de los entornos urbanos o de fácil acceso, no necesitas una licencia federativa para practicar este completo, seguro y equilibrado deporte. Por otro lado, si quieres competir o andar por lugares complicados de montaña, debes plantearte el federarte: búscate un buen club deportivo que te aconseje y te gestione la licencia porque, a la postre, te resultará más rentable que gestionarla directamente con la federación, si es que te permiten esta opción.

Pero con licencia, o sin ella, no olvides que lo realmente importante es sacar los bastones del paragüero, cada día.  Y recuerda que tu práctica debe ser LSD: Lúdica (que te divierta), Sana (que no te hagas daño) y Deportiva (que trabajes todo tu cuerpo).

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