jueves, 11 de enero de 2018

Comentarios sobre el reglamento de competiciones para 2018

Publicada la revisión para el 2018 del Reglamento de Competiciones de Marcha Nórdica de la Federación Española de Deportes de Montaña y Escalada (FEDME) Reglamento de competiciones de MN para el 2018 , me propongo en esta entrada, especialmente dedicada a mis compañeros árbitros, organizadores y competidores, exponer una serie de comentarios, fruto de una lectura detallada y comparada con la versión anterior, sin que estos deban servir como excusa para que todos ellos realicen su propio análisis de tan relevante documento. Tampoco pierdo la esperanza de que los responsables de la revisión de este reglamento puedan hallar alguna luz en estas líneas para futuras ediciones.

Antes de entrar en materia, debo recordar al lector, una vez más, que este blog no muestra más que una visión particular de los asuntos que se exponen, siempre con un afán constructor y de mejora de todo cuanto atañe a la marcha nórdica. Esta visión, que no es ni mejor ni peor, sino simplemente la mía, se enriquecería enormemente con los comentarios de los lectores, coincidentes o no con los expuestos, que siempre agradezco, leo y trato con el máximo respeto y atención.

Con ese mismo respeto y atención comienzo mi lectura de esta nueva versión del reglamento y, nada más empezar a leer, me ilusiona ver que han mejorado algunas definiciones, aunque la sensación se desvanece pronto cuando compruebo que siguen siendo confusas, demasiado técnicas, e ignorando la que para mí es la razón principal de las competiciones: fomentar la práctica general de la marcha nórdica, especialmente entre los más jóvenes.

En el nuevo reglamento se concreta algo más el establecimiento de líneas de salida, pero parece que se hace más como forma de premiar a los que “coticen” en pruebas del ranking FEDME que pensando en la seguridad de los competidores: la seguridad de los participantes durante el momento crítico de la salida debería primar sobre la participación en pruebas del ranking, estableciendo líneas en función de tiempos acreditados, dentro o fuera del ranking, o incluso aceptando, a falta de marcas acreditadas, medias de progresión esperadas. Todo el que va a competir tiene idea de a qué velocidad puede ir y, si se le explica convenientemente, entiende que es en su interés y en el de todos que no se ponga en la salida por delante de los que van a progresar más rápido (en la Nordicartagena 2016 funcionó muy bien). Si el Campeón de España no se ha prodigado en pruebas del ranking, dónde resulta haber 10 con mejor puntuación, podría verse relegado a las últimas posiciones. Afortunadamente, el artículo 1.4.1. sólo “obliga a colocar” en puestos privilegiados a los 10 primeros del Ranking FEDME, quedando a criterio del organizador lo que hace con los demás. Fiemos en su buen criterio y en su preocupación por la seguridad de todos los que se inscriben en su prueba.

En al artículo 16.1, al hablar de la zona de salida, se establece que “En caso de necesidad y viéndolo conveniente los árbitros de la prueba, se podrá delimitar un tramo neutralizado en la que los marchadores podrán caminar hasta el punto determinado, por ejemplo salida por las calles de una población. En ese tramo los marchadores no deben utilizar los bastones, manteniéndolos verticales, elevados, paralelos y delante del cuerpo.” Un esperanzador avance en pos de la seguridad en la salida, que he utilizado en las competiciones que yo he organizado, y por el que vengo abogando desde hace tiempo.

Por fin, para las competiciones de la Copa y del Campeonato de España se añade la categoría Junior (16 y 17 años), “oficializando” a nivel nacional algo que las federaciones regionales ya habían hecho. No me queda claro si para las pruebas del ranking la categoría absoluta empezará también en los 16 años.

En el campeonato de España por clubes, otra innovación a aplaudir, tampoco me queda claro si hay una clasificación por clubes y otra distinta para federaciones regionales, ni si, en este caso, un corredor puede puntuar al mismo tiempo para su club y para su federación.

En el arbitraje:
  • Por fin se contempla el uso de whatsapp para las comunicaciones entre árbitros, … después de dos años de venir siendo utilizado en competiciones.
  • Se añade la responsabilidad de control de un bucle de penalización a las muchas que tiene el “super-árbitro” de inscripciones, clasificaciones, salida y llegada (y ahora, de bucle, y de los grandes expresos europeos, añadiría yo, ya puestos). Espero que le paguen como se merece, … y que Dios lo coja confesado.
  • Se reconoce el carácter ejecutivo, inapelable, de las decisiones arbitrales en el enjuiciamiento técnico de los competidores, como no podía ser de otra manera.

Reglamento de competición para marchadores”:
En el Apartado 5 “
  • A pesar de la mejora indicada en la definición del principio del reglamento, en este apartado se mantiene el galimatías de la versión anterior.
  • Persisten las indefiniciones de la primera entrega, totalmente inaceptables en un reglamento que se precie de tal. Unos cuantos ejemplos de lo que quiero decir:
    • Trotar sólo tiene en nuestro diccionario (RAE) una acepción relacionada con el desplazamiento autónomo de una persona, la 3ª, que reza: “Andar mucho o con celeridad”, algo que en nada contradice lo exigible en una competición de marcha nórdica (más bien es una condición inherente a la participación en ella).
    • La marcha atlética, en el mismo diccionario, definida en la acepción 9ª de la voz “marcha”, reza: “En atletismo, carrera que consiste en caminar rápidamente con uno de los pies siempre en contacto con el suelo”. Fundamento mismo de la marcha nórdica competitiva. ¿Por qué sigue la FEDME empecinada en este asunto?
    • Y seguimos empeñados en difundir figuras defectuosas que confunden más que ayudan.
  • ¡Albricias! Se incorpora al reglamento la posibilidad de zonas acotadas de doble bastón, e incluso de define esta técnica, utilizando la descripción del desdeñado y defenestrado reglamento de competiciones de marcha nórdica de la Federación de Montañismo de la Región de Murcia (al fin, en algo, mi trabajo no fue totalmente en balde).
El reglamento actual sigue sin definir los “bastones específicos de marcha nórdica”. ¿Qué es una empuñadura ergonómica? ¿Qué es una dragonera especial para la marcha nórdica? La voz “dragonera” no existe en nuestro diccionario, para empezar. Indefinición tras indefinición, impropias de un reglamento. ¿Cómo puede un árbitro decidir con semejante herramienta? Insisto, los bastones de senderismo permiten “aplicar la técnica correcta”, que es lo que exige el reglamento. Yo los uso a diario y, por otro lado, estoy harto de ver alumnos que vienen a mis cursos con bastones, supuestamente de marcha nórdica, totalmente inútiles para esta actividad. En los términos presentes, creo sinceramente que sería una arbitrariedad no permitir participar a un competidor que se presente con bastones de senderismo a una competición FEDME de marcha nórdica. Ya tendremos tiempo de eliminarlo si no aplica la técnica correcta.

Leyendo el apartado 8.6, como árbitro, sigo sin tener claro si para poner o quitar tacos hay que detenerse o no. Luego, en el apartado 10 parece que se penaliza a quien no se detiene. No entiendo por qué no se dice así en 8.6. Para colmo, en el 14.9 se establece una zona de 25 m para esta operación, en la que “no se puede correr” (se supone que marchar sí, ¿o no?) De nuevo, indefinición inaceptable en un reglamento. ¿Qué árbitro puede ejercer sensatamente como tal con semejante galimatías?


En el apartado 10, “Penalización o descalificación de un marchador”, seguimos observando las indefiniciones del apartado 5, pero sobre todo, continuamos manteniendo la posibilidad de que la apreciación de un sólo árbitro (con la dificultad que tiene el enjuiciamiento técnico de la marcha nórdica) pueda descalificar a un competidor. Como he dicho en reiteradas ocasiones, si el árbitro es sensato, abrumado por esta responsabilidad, casi nunca penalizará; si no lo es, que Dios nos libre.

Seguimos empeñados en no querer aprender de quienes llevan un siglo en estos menesteres de enjuiciar técnicamente la marcha. A pesar de que arbitrar marcha atlética es bastante más fácil que arbitrar marcha nórdica (ver los dos pies en el aire es infinitamente más factible que ver los dos bastones en el aire), se necesita el criterio de tres árbitros distintos de marcha atlética para sancionar a un competidor.

Se reconoce, por fin, la posibilidad de que la grabación de una infracción sea suficiente para la descalificación de un competidor, haya sido amonestado o no. Esto puede abrir una ventana hacia el arbitraje apoyado en medios técnicos, mucho más justo que la difícil apreciación arbitral a simple vista, y es algo que vengo propugnando desde hace años (al menos, el que se estudie su viabilidad).

Se establece la posibilidad de organizar un bucle de penalización, sustitutivo de la penalización por tiempo. La organización y control de este bucle, como mínimo, exigirá un número de árbitros superior al actual. El control de los competidores sancionados por parte de un miembro de la organización, tal como dice la nueva versión del reglamento, es totalmente ilógica (ilegal, diría yo, al dar a la organización autoridad de arbitraje). El que este miembro de la organización se dirija directamente al árbitro principal, obviando al árbitro responsable del bucle es, sin duda, un error de los redactores de este reglamento.

Un aclaración para el curioso lector: El bucle de penalización proviene del “pit lane” de la marcha atlética, que se origina en un intento de acabar con las descalificaciones. En este deporte, cuando tres árbitros mandan al árbitro principal una tarjeta roja sobre un mismo competidor, si hay “pit lane”, en lugar de descalificarlo, se le manda allí durante un tiempo (normalmente 120 segundos), antes de permitirle reintegrarse a la carrera. https://www.youtube.com/watch?v=DGi_C-QexTI Que yo sepa, por ahora sólo se utiliza con alevines y juveniles, para no eliminarlos en sus primeras experiencias competitivas. Nosotros lo hemos adoptado para la marcha nórdica como un sustitutivo de las penalizaciones por tiempo, con la idea de que agilizará las clasificaciones finales, una pesadilla para árbitros, organizadores y competidores. Puede ser, pero será a costa de un mayor número de árbitros y seguiremos manteniendo la posible arbitrariedad de una decisión unipersonal sobre aspectos muy difíciles de enjuiciar que le puede costar a un campeón su podio.

En lo referente al itinerario, aparece una esperanzadora modificación al especificar que el tipo de terreno, anchura, desnivel, etc, “será en todo momento el adecuado para la práctica de la Marcha Nórdica con buena técnica.” Esto parece un reconocimiento implícito de la imposibilidad de realizar competiciones de marcha nórdica en cualquier entorno de montaña, tal como ha quedado de manifiesto en diversas competiciones del ranking FEDME de 2017.

También es un logro el reconocimiento de la necesidad de realizar el recorrido sobre un circuito, en lugar de la carrera en línea, aunque las dimensiones máximas del mismo (5 km) me siguen pareciendo excesivas por el número de árbitros que serian necesarios para el adecuado enjuiciamiento técnico de los competidores.

Ilógicamente, se mantiene la diferenciación entre itinerarios en el medio natural y en el medio urbano, algo que no añade nada a la competición y sí puede complicar la vida de los organizadores. En cambio, incomprensiblemente, desaparece la necesidad de indicadores kilométricos, algo que todo competidor experimentado aprecia y que dice mucho de la calidad de la organización de una prueba seria.

El punto 18.6 exige que “El marchador, al llegar a una zona habilitada por la organización para el avituallamiento o hidratación, deberá tener desenganchadas sus dragoneras de los bastones...” En primer lugar, esto debería ser sólo para los marchadores que vayan a hace uso del avituallamiento. En segundo lugar, no todas las “dragoneras” tienen sistema de suelta rápida. Según está redactado, los árbitros deberán amonestar a todo el que pase por una zona de avituallamiento con “dragoneras” enganchadas a sus bastones, tengan suelta rápida o no, … vayan a usar el avituallamiento o no.

Finalmente, incluye esta revisión del reglamento un Anexo 4, “Parámetros de buenas prácticas en el desarrollo de la organización de pruebas de Marcha Nórdica en el medio natural”. Aunque es de agradecer toda ayuda a la compleja organización de estas competiciones, debería revisarse el cuerpo del reglamento para asegurar que no haya contradicciones entre estas recomendaciones a los organizadores y el contenido del reglamento. Como ejemplos de lo que quiero decir, sirvan los siguientes:
  • Llama la atención que este anexo diga que las pruebas deben discurrir prioritariamente por pistas pavimentadas, mientras que el punto 14.6 del reglamento limita a un 15% del total la circulación por dichas pistas.
  • Resulta extraño seguir hablando de trípticos y dípticos, propios del siglo pasado, mientras que aquí se recomienda (lógicamente) que la publicidad de la prueba se realice por vía telemática.
  • Es curioso, cuando menos, que a penas se mencione de pasada y sin detalles en el reglamento de competiciones un documento tal como el “reglamento del corredor” (yo lo llamo “reglamento de la prueba”, mayormente porque no nos interesa hablar de corredores en un deporte en el que vamos a descalificar a quienes corran ¿verdad?), reglamento fundamental, imprescindible (4-5 páginas máximo, con toda la información sobre la competición que interesa al participante), teniendo en cuenta que ningún competidor se va a leer (ni falta que le hace) el reglamento FEDME completo (43 páginas), ni éste incluye toda la información necesaria sobre la prueba.


En fin, resumiendo, el reglamento tiene algunas mejoras, pero sigue obviando los puntos fundamentales relativos a la finalidad de las competiciones, incluyendo indefiniciones inaceptables y manteniendo el enjuiciamiento unipersonal de violaciones muy difíciles de apreciar a simple vista. A este ritmo de cambio/mejora, no sé si para el siglo XXII tendremos una versión realmente aceptable. Mientras tanto, esto es lo que hay y debes conocer bien, si quieres organizar, arbitrar o participar en competiciones oficiales de la FEDME, algo que no es imprescindible para tu salud física y mental. Sacar los bastones del paragüero cada día, sí que lo es, de manera que ¡sus y a ellos!

1 comentario:

  1. Estimado José Antonio,
    Te agradezco por compartir tu experiencia en este artículo.
    Leyendo tu artículo me ha surgido la inquietud de encontrar algún lectura o documento que haga mención a "... tipo de terreno, anchura, desnivel, etc, “será en todo momento el adecuado para la práctica de la Marcha Nórdica con buena técnica.”
    Soy Juan de Dios BEL, Instructor de MN de Argentina, donde actualmente no se desarrollan competiciones, pero no hemos visto involucrados en la discusión que se viene dando a nivel internacional. Desde ya te agradezco cualquier información que me pudieras compartir.
    Por último, me queda sólo felicitarte por los artículos que publicas en tu blog ya que han sido de mucha inspiración y ayuda en mi formación cómo instructor ya que comparto la misma pasión por esta actividad.
    Un cordial saludo,
    Juan de Dios

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